Un tema de gran controversia que está en nuestros días
ha sido una exclusión a los homosexuales de la donación de sangre ya que estos
pueden poseer un alto riesgo para contraer enfermedades infecciosas.
El tribunal dejó este tema en manos de la justicia
francesa la cual tenia que decidir si las leyes de ese país son proporcionales
al riesgo y si la evidencia científica disponible basta para justificar tal
medida.
El caso se
originó el 29 de abril de 2009, cuando un médico de la ciudad francesa de Metz
rechazó la donación de sangre de Geoffrey Léger porque este había mantenido
relaciones sexuales con otro hombre.
El médico se basó en una orden ministerial francesa
que permite excluir permanentemente a los homosexuales de la donación. Léger
recurrió la decisión al considerar que esa norma infringe la legislación
europea y el tribunal administrativo de Estrasburgo, encargado de pronunciarse
sobre el litigio, elevó la cuestión al Tribunal de Justicia de la UE para que
se pronunciase. La sentencia europea, por tanto, tiene amplia repercusión
porque vincula a cualquier otro tribunal europeo que se enfrente a un caso
similar, no solo al que preguntó.
En la práctica, será cada tribunal nacional el que
decida si la sanidad pública de su país tiene alternativas para garantizar la
seguridad de las donaciones de sangre. El Gobierno francés alegaba que existe
un periodo posterior a la infección que aun haciéndose pruebas de detccion de
VIh entre otras enfermedades no es posible detectar este virus en el enfermo.
Según datos recogidos: Entre 2003 y 2008, casi todas
las contaminaciones de sida se produjeron por contacto sexual y el 48% de las
nuevas, por hombres que mantuvieron relaciones homosexuales (nada se dice del
52% restante). Más claro resulta que el colectivo gay constituía la población
más afectada por el VIH, en un porcentaje 200 veces superior al de los
heterosexuales franceses. Y que Francia es el país de Europa y Asia central que
presenta mayor prevalencia entre los homosexuales, según la información del
tribunal.
Con todas estas consideraciones, la justicia europea
advierte de que la ley francesa “puede entrañar una discriminación por razón de
orientación sexual” e insta al órgano judicial francés a comprobar si existen
criterios de interés general que justifiquen esa actuación y si son
proporcionales.
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